AMPARO DIRECTO 645/2012. 15 DE NOVIEMBRE DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ MANUEL DE ALBA DE ALBA. SECRETARIA: RUBÍ AGUILAR LASSERRE.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 645/2012. 15 DE NOVIEMBRE DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ MANUEL DE ALBA DE ALBA. SECRETARIA: RUBÍ AGUILAR LASSERRE.

Fecha: 15-Nov-2012

La Parte Quejosa Estimó Que El Fallo Impugnado Violó Los Artículos Y Constitucionales Porque

a) La sentencia reclamada se fundamentó y motivó indebidamente, pues en ella fueron reiterados los preceptos legales expuestos en la sentencia primigenia y no se señaló un razonamiento específico al confirmar la sentencia.

Además, la alzada únicamente señala una tesis aislada, la cual se aplica en el caso de la reconvención en los juicios civiles.

b) La responsable omitió analizar que el delegado carece de facultades para celebrar convenios con los agremiados del sindicato y obligar a su representada al pago de pensiones, ello en términos del artículo 70 de sus estatutos.

c) La prueba pericial no hace prueba plena para justificar las cantidades a las que se condenó a la quejosa, pues el actor no las señaló en la demanda ni en el procedimiento. Por ello, dichas cantidades no están debidamente fundadas y motivadas.

d) Contrario a lo señalado por la Sala, se debieron llamar a todos los que intervinieron en la asamblea, porque fue celebrada entre los ********** y no por la **********. Así, la ********** no dio su consentimiento para los acuerdos demandados.

e) La Sala dejó de analizar de manera conjunta la demanda, la contestación a ésta y la sentencia primigenia.

f) La alzada dejó de analizar, que la asamblea impugnada se llevó a cabo conforme a los lineamientos legales procedentes, en tanto los acuerdos pactados fueron votados por mayoría, en cual intervinieron socios activos e inactivos

g) La responsable no valoró la prueba confesional del codemandado, de la cual se desprende que la ********** se abstuvo de firmar los acuerdos celebrados en la asamblea donde se pactó el pago de la pensión reclamada.

h) Se omitió un estudio correcto sobre la existencia de otro grupo más que presta el servicio público de pilotaje, lo cual trae como consecuencia, la disminución de ingresos a la **********.

i) El presente asunto se trata de un conflicto de trabajo entre miembros de una organización sindical, pues de las prestaciones reclamadas, se demanda la nulidad del acta de asamblea respecto de los acuerdos convenidos por miembros del sindicato.