AMPARO DIRECTO 645/2012. 15 DE NOVIEMBRE DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ MANUEL DE ALBA DE ALBA. SECRETARIA: RUBÍ AGUILAR LASSERRE.
Fecha: 15-Nov-2012
La Parte Quejosa Estimó Que El Fallo Impugnado Violó Los Artículos Y Constitucionales Porque
a) La sentencia reclamada se fundamentó y motivó indebidamente, pues en ella fueron reiterados los preceptos legales expuestos en la sentencia primigenia y no se señaló un razonamiento específico al confirmar la sentencia.
Además, la alzada únicamente señala una tesis aislada, la cual se aplica en el caso de la reconvención en los juicios civiles.
b) La responsable omitió analizar que el delegado carece de facultades para celebrar convenios con los agremiados del sindicato y obligar a su representada al pago de pensiones, ello en términos del artículo 70 de sus estatutos.
c) La prueba pericial no hace prueba plena para justificar las cantidades a las que se condenó a la quejosa, pues el actor no las señaló en la demanda ni en el procedimiento. Por ello, dichas cantidades no están debidamente fundadas y motivadas.
d) Contrario a lo señalado por la Sala, se debieron llamar a todos los que intervinieron en la asamblea, porque fue celebrada entre los ********** y no por la **********. Así, la ********** no dio su consentimiento para los acuerdos demandados.
e) La Sala dejó de analizar de manera conjunta la demanda, la contestación a ésta y la sentencia primigenia.
f) La alzada dejó de analizar, que la asamblea impugnada se llevó a cabo conforme a los lineamientos legales procedentes, en tanto los acuerdos pactados fueron votados por mayoría, en cual intervinieron socios activos e inactivos
g) La responsable no valoró la prueba confesional del codemandado, de la cual se desprende que la ********** se abstuvo de firmar los acuerdos celebrados en la asamblea donde se pactó el pago de la pensión reclamada.
h) Se omitió un estudio correcto sobre la existencia de otro grupo más que presta el servicio público de pilotaje, lo cual trae como consecuencia, la disminución de ingresos a la **********.
i) El presente asunto se trata de un conflicto de trabajo entre miembros de una organización sindical, pues de las prestaciones reclamadas, se demanda la nulidad del acta de asamblea respecto de los acuerdos convenidos por miembros del sindicato.
- Segundo El Juicio De Amparo Directo Es Procedente
- Artículo Los Tribunales De La Federación Resolverán Toda Controversia Que Se Suscite
- Para Los Efectos De Esta Convención Persona Es Todo Ser Humano
- Sin Que Ello Conduzca A La Improcedencia Del Juicio De Amparo Tratándose De Las Personas Morales
- Terminología De Las Libertades Públicas En La Constitución Mexicana
- Reconocimiento De Derechos
- Ii Contenido De La Minuta
- Artículo O Constitucional
- Iii Consideraciones
- De Los Derechos Humanos Y Sus Garantías
- Página
- Sentado Lo Anterior Lo Procedente Es Confirmar El Fallo Impugnado
- Quinto Se Expresaron Como Conceptos De Violación Los Siguientes
- Por Su Parte El Numeral De La Carta Magna Establece Se Transcribe
- D Los Antecedentes O Razones Por Las Cuales Se Expide El Acto Reclamado
- Se Deja Sin Efectos El Acta De Asamblea De Treinta Y No De Agosto De Dos Mil Cuatro
- Aunado A Lo Siguiente Termina Estableciendo Que
- Tomo Vi Común Jurisprudencia Scjn
- La Parte Quejosa Estimó Que El Fallo Impugnado Violó Los Artículos Y Constitucionales Porque
- El Concepto De Violación Precisado En El Inciso H Es Inoperante
- Sirve A Manera De Orientación El Siguiente Criterio
- Los Conceptos De Violación Invocados En Los Incisos C D E I Devienen Inoperantes
- El Delegado Tiene Facultades Para Representar A Los Miembros Del Sindicato
- El Delegado Tiene La Potestad Para Tomar Acuerdos En La Asamblea Relativos A La Jubilación
- Sirve De Apoyo Al Referido Criterio La Tesis Jurisprudencial Siguiente
- El Concepto De Violación Precisado En El Inciso A Resulta Infundado
- El Concepto De Violación Esgrimido En El Inciso B Deviene Infundado
- Tesis Vio J
- El Motivo De Agravio Señalado En El Inciso G Es Infundado
- Tiene Aplicación A Lo Anterior La Jurisprudencia Siguiente