RECURSO DE APELACIÓN EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO. CONFORME A LA INTERPRETACIÓN AMPLIA Y PRO PERSONA DEL ARTÍCULO 461 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, EL TRIBUNAL DE ALZADA, AL RESOLVERLO, DEBE CORREGIR DE OFICIO LAS DECISIONES CONTRA
Fecha: 11-Ago-2017
Es Infundado El Concepto De Violación
Se afirma lo anterior, ya que de una revisión integral del escrito de agravios, no se desprende que el apelante, aquí quejoso, haya hecho la solicitud que menciona.
En efecto, de una revisión del escrito de agravios presentado en forma electrónica por el quejoso, se desprende que en su primera hoja contiene los datos de identificación y la interposición formal del recurso.
Asimismo, identificado como inciso a), realiza un análisis del cumplimiento de la temporalidad de la interposición del recurso que se extiende hasta la tercera hoja. Posteriormente, bajo los incisos b) y c), analiza la forma de interposición del recurso y la parte impugnada de la resolución recurrida.
Finalmente, en el resto del escrito, el quejoso expone cuatro agravios, en los que en ninguno de ellos hace referencia a los alegatos de clausura, como más adelante se verá.
En ese sentido, es claro que, contrario a lo que sostiene el peticionario de amparo, no es verdad que haya solicitado a la autoridad responsable que tuviera por reproducidos los alegatos de clausura en el apartado respectivo de escrito de agravios, y los tomara en consideración como primer agravio, pues en ninguna parte de su escrito se advierte una solicitud de esa naturaleza.
Por tanto, la autoridad responsable no estaba obligada a analizar de oficio dichos alegatos de clausura a manera de agravios.
Sin que pase desapercibido para este órgano colegiado que el escrito de agravios consta de veinte hojas y que en la última de ellas termina con la cita de precedentes de una jurisprudencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; esto es, que no contiene como comúnmente se acostumbra un cierre del escrito en el que se hagan peticiones y se contenga la firma.
Sin embargo, por requerimiento de este órgano colegiado, se le solicitó a la autoridad responsable que precisara si el escrito de agravios estaba completo o le faltaban hojas, a lo cual se hizo la certificación de once de abril de dos mil dieciséis, en la que se hizo constar que así se recibió el escrito respectivo.
- Séptimocontestación A Los Conceptos De Violación
- I Cuando Se Cometen Con Premeditación Alevosía Ventaja O Traición
- Omisión De Reproducir Los Alegatos De Clausura Como Primer Agravio
- Es Infundado El Concepto De Violación
- Se Suprime Imagen
- Omisión De Analizar Agravios
- Lo Anterior Ya Que En Los Agravios Se Reclamó Esencialmente Lo Siguiente
- Artículo Agravio
- Artículo Alcance Del Recurso
- Serán Apelables Las Siguientes Resoluciones Emitidas Por El Tribunal De Enjuiciamiento
- Artículo Trámite De La Apelación
- Artículo Audiencia
- Artículo Sentencia
- A De Manera Restrictiva Esto Es Solamente Violaciones Directas De Derechos Fundamentales O
- I Control De Regularidad Constitucional
- Dicho Parámetro Está Compuesto De La Siguiente Manera
- Iii Derecho A La Presunción De Inocencia
- Artículo Garantías Judiciales
- H Derecho De Recurrir Del Fallo Ante Juez O Tribunal Superior
- Artículo
- B De Los Derechos De Toda Persona Imputada
- Iii Derecho A Un Recurso Efectivo
- Al Respecto El Comité De Derechos Humanos Concluyó
- A Los Relativos A Cuestiones Fácticas Y De Derecho Y
- Iii Disposición Legal Que Transgrede El Parámetro De Control De Regularidad Constitucional
- B Su Estructura Racional
- Luego Hizo Las Siguientes Conclusiones
- I En Respuesta A La Pretensión Formulada Por El Quejoso Vía Concepto De Violación
- Iv Caso Concreto
- Efectos
- Iv Hecho Lo Anterior Con Libertad De Jurisdicción Determine Lo Que En Derecho Corresponda
- Tiene Aplicación A Lo Anterior La Siguiente Jurisprudencia
- Medidas Para Su Cumplimiento
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- F V Del Tomo Iv De La Causa Penal
- La Confesión Del Inculpado Solamente Es Válida Si Es Hecha Sin Coacción De Ninguna Naturaleza
- Artículo Principio De Legalidad Y De Retroactividad
- Artículo Prueba
- Artículo O Principio De Inmediación
- Artículo Prueba Anticipada
- I Que Sea Practicada Ante El Juez De Control
- Artículo Videoconferencia
- Artículo Criterios Para La Individualización De La Sanción Penal O Medida De Seguridad
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- Iii Omita Cumplir Cabalmente Con La Resolución Que Establece La Existencia Del Exceso O Defecto Y