CONTRADICCIÓN DE TESIS 6/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL QUINTO, EL DÉCIMO CUARTO Y EL DÉCIMO SEXTO TRIBUNALES COLEGIADOS, TODOS EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. 5 DE JULIO DE 2022. MAYORÍA DE ONCE VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ILIANA FABRICIA CON
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 6/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL QUINTO, EL DÉCIMO CUARTO Y EL DÉCIMO SEXTO TRIBUNALES COLEGIADOS, TODOS EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. 5 DE JULIO DE 2022. MAYORÍA DE ONCE VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ILIANA FABRICIA CON

Fecha: 13-Ene-2023

Ello Es Así Tomando En Cuenta Que La Comisión Federal De Electricidad No Es Parte En El Juicio

"Partiendo de esa premisa, y de un análisis de la litis del caso, se obtiene que los hoy quejosos pretenden ser indemnizados por la actualización del riesgo asegurable determinado en el contrato de seguro que la Comisión Federal de Electricidad celebró con la aseguradora demandada, de acuerdo con la copia simple aportada por los actores, hoy quejosos.

"La demanda inicial se fundó en el contenido de los artículos 145 y 147 de la Ley sobre el Contrato de Seguro cuyo contenido es el siguiente: