JUICIO SOBRE CUMPLIMIENTO DE LOS CONVENIOS DE COORDINACIÓN FISCAL 3/2002. ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

JUICIO SOBRE CUMPLIMIENTO DE LOS CONVENIOS DE COORDINACIÓN FISCAL 3/2002. ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.

Fecha: 08-Mar-2002

Artículo A La Secretaría General De Gobierno Corresponde El Despacho De Los Siguientes Asuntos

"I. Conducir las relaciones del Poder Ejecutivo con los otros poderes del Estado y con los Ayuntamientos de la entidad;

"II. Conducir, por delegación del Ejecutivo, los asuntos de orden político interno, así como aquellos que le sean encomendados por aquél;

"III. Vigilar el cumplimiento de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí por parte de la autoridad pública;

"IV. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos, órdenes, circulares y demás disposiciones que el Ejecutivo emita;

"V. Ser el conducto para presentar ante el Congreso del Estado las iniciativas de ley o decreto del Ejecutivo, así como publicar las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas que deban regir en el Estado;

"VI. Tramitar ante el Congreso del Estado lo relacionado con los nombramientos, de los Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia, del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y del Tribunal Electoral;

"VII. Tramitar lo relacionado con los nombramientos, remociones, renuncias y licencias de los titulares de las dependencias del Poder Ejecutivo;

"VIII. Otorgar a los tribunales y a las autoridades judiciales el auxilio que soliciten para el ejercicio de sus funciones;

"IX. Llevar el registro de autógrafos, legalizar y certificar las firmas de los funcionarios estatales, de los presidentes y secretarios municipales y notarios públicos, así como de los demás funcionarios a quienes esté encomendada la fe pública;

"X. Vigilar y controlar todo lo relativo a la demarcación y conservación de los límites del Estado y sus Municipios;

"XI. Intervenir, en auxilio o coordinación con las autoridades federales y en los términos de las leyes relativas, en materia de cultos religiosos; detonadores y pirotecnia; portación de armas; loterías, rifas, apuestas y juegos; migración, y en la prevención y auxilio en caso de catástrofes naturales;

"XII. Proporcionar asesoría jurídica a las dependencias y entidades del Ejecutivo, así como a los Ayuntamientos que la soliciten en asuntos de su competencia;

"XIII. Revisar o, en su caso, elaborar los proyectos de ley, reglamentos y cualquier otro ordenamiento jurídico que las dependencias y entidades presenten al Ejecutivo;