JUICIO SOBRE CUMPLIMIENTO DE LOS CONVENIOS DE COORDINACIÓN FISCAL 3/2002. ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

JUICIO SOBRE CUMPLIMIENTO DE LOS CONVENIOS DE COORDINACIÓN FISCAL 3/2002. ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.

Fecha: 08-Mar-2002

Cuarto Por Ser Un Presupuesto Procesal Necesario Se Analizará La Legitimación Activa

En el presente caso signan la demanda Fernando Silva Nieto, José Luis Bravo Méndez y Jorge Daniel Hernández Delgadillo, quienes se ostentan con el carácter de gobernador, procurador general de Justicia y secretario general de Gobierno, todos del Estado de San Luis Potosí, respectivamente.

Fernando Silva Nieto y José Luis Bravo Méndez acreditan el carácter con que se ostentan con las documentales que obran agregadas a fojas catorce y quince de este expediente, consistentes en los ejemplares del Periódico Oficial del Estado correspondientes al siete de agosto de mil novecientos noventa y siete, y diecinueve de enero de dos mil uno, en los que se publicó la proclamación de la primera de las personas mencionadas como gobernador constitucional de la entidad para el periodo de veintiséis de septiembre de mil novecientos noventa y siete al veinticinco de septiembre de dos mil tres, así como la ratificación de la segunda de dichas personas para desempeñar el cargo de procurador general de Justicia del Estado.

Por lo que respecta a Jorge Daniel Hernández Delgadillo, éste acredita el carácter con que se ostenta con la documental que obra agregada a fojas trece de este expediente, consistente en el nombramiento de secretario general de Gobierno expedido por el gobernador del Estado.

Por otra parte, el artículo 80, fracción XXVIII, de la Constitución del Estado de San Luis Potosí prevé: