SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 088/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 088/2000

Fecha: 18-Dic-2000

podrán acceder a la renta únicamente cuando acrediten su cesantía, no pudiendo percibir renta y salario al mismo tiempo si la entidad en que trabajan se encuentra contemplada en el Presupuesto General de la Nación

b) Que los asegurados en actividad laboral, en una entidad comprendida en el Presupuesto General de la Nación, que elijan acogerse a las prestaciones del Sistema de Reparto, podrán acceder a la renta únicamente cuando acrediten su cesantía, no pudiendo percibir renta y salario al mismo tiempo si la entidad en que trabajan se encuentra contemplada en el Presupuesto General de la Nación (art. 2-b) segundo párrafo R.M. N° 1302); y