SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 030/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 030/01

Fecha: 17-May-2001

I.2

I.2        Los recurridos, de manera temeraria y desafiante, pretendiendo ignorar la gravedad del delito de desobediencia a resoluciones en procesos de Hábeas Corpus y Amparo Constitucional, se erigieron en autoridades de la Universidad: Wálter Arízaga, como Rector, Orlando Tapia, como Vicerrector, y Luis Zárate se arrogó la representación de la Superior Casa de Estudios para iniciarle un proceso penal. El primero de los nombrados convocó y presidió un ilegal Consejo Universitario en el que se conformó  un Tribunal de Procesos, que ha dispuesto su  expulsión de la Universidad. Todo ello dio origen a que el recurrente les inicie proceso penal por  el delito previsto en el art. 179-bis del Código Penal.