SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 030/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 030/01

Fecha: 17-May-2001

I.4

I.4        Considera que el “supuesto” Consejo Universitario al dictar las Resoluciones anteriormente citadas, actuó sin jurisdicción ni competencia, pues la  Sentencia Constitucional No. 1173/00-R al declarar procedente el Amparo Constitucional que interpuso contra Wálter Arízaga, implícitamente dejó sin efecto sus actos administrativos, especialmente los actos que tienen nacimiento en la “sesión del hipotético Consejo Universitario de 24 de octubre de 2000”; además, en ningún momento se dio cumplimiento a la Sentencia del Tribunal Constitucional, ni siquiera se le dejó ingresar a su Oficina.