SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 030/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 030/01

Fecha: 17-May-2001

III.1

III.1      En el memorial de fs. 261  y 262,  dirigido a la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, Wálter Arízaga Cervantes, Orlando Tapia Sandi y Luis Zárate Pereira, presentan la documentación de fs. 182 a 260 y manifiestan que  el recurrente ha inducido a error a la Comisión de Admisión al  afirmar que recién tomó conocimiento de las Resoluciones impugnadas, el 9 de  enero de 2001, cuando en el Recurso de Amparo Constitucional que interpuso conoció las señaladas Resoluciones, además que la ejecución de las mismas data del 24 de octubre de 2000, por lo que la  presentación del Recurso Directo de Nulidad está fuera del plazo de  30 días que prevé el art. 81 de la Ley No. 1836. Asimismo,  indican que el 28 de octubre de 2000 se notificó al recurrente con la decisión de suspenderlo de su cargo.