SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 030/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 030/01

Fecha: 17-May-2001

VIII.1

VIII.1   Del análisis de las normas  precedentemente citadas, se concluye que  el Vicerrector de la Universidad San Francisco Xavier no tenía competencia para  convocar a la sesión del Consejo  Universitario del 24 de octubre de 2000, pues en esa fecha no se reconocía en el Estatuto Orgánico la figura de la “autoconvocatoria” de ese Consejo. De ahí que todas las Resoluciones dictadas por el referido Consejo en esa reunión son ilegales, deviniendo su nulidad por la falta de competencia del órgano que las emitió, pues Jaime Robles Miranda se desempeñaba como  Rector de la  Casa de Estudios Superiores, siendo únicamente él quien tenía la atribución de convocar al Consejo Universitario.