SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 79/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 79/01-R

Fecha: 28-Sep-2001

III.6.

III.6. El Poder Legislativo, en cumplimiento de los arts. 43 y 44 de la Constitución ha dictado la Ley Especial N° 2027, a cuyo fin ha seguido todos los procedimientos legislativos en las cámaras de origen y revisión, hasta su sanción y posterior promulgación por el Poder Ejecutivo. Por su parte, este último, ha expedido el D.S. N° 25749 con la atribución contenida en el art. 96-1ª constitucional, disposición que no define privativamente derechos, no altera los definidos por la Ley N° 2027 ni contraría sus disposiciones.