Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 29/2002
Fecha: 28-Mar-2002
I.3.
I.3. Las demandas que en copias acompaña, son las que interpusieron todos los hermanos Fernández, y tienen como base principal la impugnación de la liquidación de 8 de febrero de 2000 y el Pliego de Cargo Nº 251/00, indicando que no se tomó en cuenta los pagos hechos a cuenta ni la limitación de la responsabilidad de los herederos de los bienes que reciben y que ellos son personas diferentes a la C.B.N., por lo que no hay razón para que se les cobre, habiéndose operado la prescripción de la acción. Igualmente, refieren que al no existir la persona jurídica demandante en el juicio contencioso tributario, ellos no tienen ninguna responsabilidad.