Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 29/2002
Fecha: 28-Mar-2002
V.8.
V.8. Por Auto de 31 de mayo de 2000 (fs. 1703), el Juez Segundo Administrativo, coactivo Fiscal y Tributario resolvió remitir la demanda presentada ante el Juzgado Primero de la misma materia, en el que se encuentra el proceso contencioso tributario fenecido. Apelada esta decisión, fue confirmada por Auto de Vista de 23 de agosto de 2000 (fs. 1718 y 1719) que confirmó la remisión determinada.