Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 34/2002
Fecha: 02-Abr-2002
CONSIDERANDO V
Que el recurrente plantea el presente Recurso arguyendo que el art. 24 del Reglamento General del Concejo Municipal de La Paz, vulnera los arts. 7-a), d), 8-a), 200-IV y 228 de la Constitución, por lo que corresponde realizar el análisis respectivo a efectos de establecer si la mencionada norma es contraria a la Ley Fundamental del país.