Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 34/2002
Fecha: 02-Abr-2002
V.4
V.4 La Ley Orgánica de Municipalidades de 10 de enero de 1985, en su Título II, Capítulo III, arts. 34, 35 y 36, establecía que el Presidente del Concejo Municipal o de la Junta Municipal, el Vicepresidente y el Concejal o Munícipe Secretario del mismo, eran nombrados por el Concejo por el término de un año.