Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 34/2002
Fecha: 02-Abr-2002
V.5
V.5 La actual Ley de Municipalidades Nº 2028 de 28 de octubre de 1999, publicada el 8 de noviembre del mencionado año, en su art. 1 expresa que tiene por objeto regular el régimen municipal establecido en el título VI de la Parte Tercera, arts. 200 al 206 de la Constitución. En ese sentido, el art. 10 de la citada Ley manifiesta que el Gobierno Municipal está conformado por un Concejo y un Alcalde Municipal, en los cantones, se encuentran los agentes municipales. El art. 14 determina que el Concejo Municipal, en su primera sesión, elegirá su Directiva de entre los Concejales titulares, la misma que estará compuesta por un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario.