SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 34/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 34/2002

Fecha: 02-Abr-2002

V.6

V.6      El Tribunal Constitucional, en sus Sentencias Constitucionales Nos. 1053/00-R de 10 de noviembre de 2000, 303/2001-R de  9 de abril de 2001 y 637/2001-R de 2 de julio de 2001, interpretó que la Directiva del Concejo Municipal, elegida en la primera sesión de Concejo, duraría en sus funciones cinco años, salvo que cesaran en sus funciones o fueran suspendidos temporal o definitivamente de sus puestos de Concejales,  al no contemplar la Ley Nº 2028 en ninguna de sus normas la posibilidad de una nueva elección. Debe dejarse claro que la interpretación referida se funda -precisamente- en la fijación de cinco años como período de mandato de los concejales, y la inexistencia de otro término para  el ejercicio de la Directiva.