Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 65/2002
Fecha: 02-Ago-2002
II.1
II.1 En 10 de enero de 2002 (fs. 3 y 4), el Presidente Ejecutivo a.i. de la Aduana Nacional emitió la Resolución Nº RA-PE-01-001-02, en la cual, dispone la aplicación de la tarifa retributiva del 1% sobre el valor FOB, por el servicio de valoración en todas las operaciones de importación de mercancías que no requieran de la presentación del Certificado de Inspección emitido por una empresa verificadora del comercio exterior, con excepción de los casos previstos en el artículo 10 incisos "a" y "l" del Reglamento Operativo de Inspección, Verificación y Certificación de Importaciones. La tarifa del 1% se aplicará sobre el valor FOB aceptado o determinado como válido a efectos aduaneros.
- I.1.1.1
- I.1.1.2
- I.1.1.3
- I.1.1.4
- I.1.3 Persona recurrida y petitorio
- I.3.1.1
- I.3.1.2
- I.3.1.3
- admite
- I.5.1 Hechos que motivan el Recurso
- I.6.1
- I.6.2
- I.6.3
- I.6.4
- I.6.5
- I.6.6
- I.6.7
- I.6.8
- I.6.9
- II.1
- La Administración Aduanera emitirá la factura
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- precios públicos
- Un aspecto que se debe remarcar es que, en el caso objeto de análisis, una
- II.9
- II.10
- II.11
- II.12
- INFUNDADOS