SENTENCIA CONSTITUCIONAL 65/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 65/2002

Fecha: 02-Ago-2002

II.5

II.5     El Reglamento de la  Ley General de Aduanas, aprobado por  D.S. Nº  25870 de 11 de agosto de 2000,  en su Título Octavo, art. 248 determina que la Aduana Nacional establecerá la organización administrativa necesaria para la aplicación del valor en aduana conforme al  art. 143 de la Ley y creará los mecanismos necesarios para el control primario, diferido y posterior, disponiendo de un cuerpo de funcionarios especializados y capacitados para efectuar la comprobación del valor declarado.