SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0826/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0826/2004-R

Fecha: 27-May-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 29 de enero de 2004 (fs. 27 a 28), el recurrente expresa que fue detenido el 30 de marzo de 2002 en un operativo realizado por la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) y conducido al cuartel de UMOPAR-CHIMORE, donde el Fiscal de Materia recibió su declaración informativa y el 31 de marzo del mismo año le imputó formalmente el delito de transporte de sustancias controladas, pidiendo su detención preventiva, sin ponerle físicamente a disposición del Juez Cautelar recurrido, quien por su parte, dispuso en forma ilegal su detención preventiva mediante Auto de 1 de abril de 2002, sin realizar la audiencia de medidas cautelares, ni permitir que sea asistido por un abogado defensor, dejándolo en indefensión y en la imposibilidad de apelar de esa medida, por cuanto no le fue notificada personalmente sino mediante tablero, hechos que vulneran las previsiones de los arts. 226, 8 y 163 del Código de procedimiento penal (CPP) y 16.I.II y III. de la Constitución Política del Estado (CPE) y que son defectos absolutos que el Juez Cautelar debió corregir y al no hacerlo dispuso ilegalmente su detención la que no surte efectos jurídicos.