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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0826/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0826/2004-R

    Fecha: 27-May-2004

    II.3.

    II.3.  El 19 de agosto de 2002 (fs. 63-66), el fiscal de materia Rodolfo Ramírez mediante Pliego acusatorio solicitó al Tribunal de Sentencia de Villa Tunari dicte Auto de apertura de juicio oral contra el recurrente y otro, y señale día y hora de audiencia. No consta la fecha de presentación del pliego acusatorio ante el Tribunal de Sentencia.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Roger Triveño Herbas ex Juez Cautelar de Villa Tunari y actual Juez de Sentencia
    • Juez Instructor
    • procedente
    • I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal
    • II.1.
    • II.2.   Sin notificar con la imputación formal a ninguno de los imputados
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.           La necesidad de notificación legal del imputado con la imputación formal.-
    • a)
    • es una condición absoluta, tanto para la legitimidad de la detención como para cualquier fruto que de esta pudiera resultar
    • III.5.
    • III.6.   Sobre la notificación con el Auto que dispone la detención preventiva del    recurrente.-
    • III.7.
    • APROBAR

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