Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0944/2004-R
Fecha: 18-Jun-2004
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Derechos a la seguridad jurídica, a formular peticiones, a las garantías de reserva legal, “que nadie está obligado a hacer lo que las leyes no manden ni a privarse de lo que ellas no prohíban” y al principio de inalterabilidad de los principios, garantías y derechos reconocidos por la Constitución, consagrados en las normas previstas por los arts. 7.a), h), 29, 32 y 229 de la CPE.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- a)
- procedente
- (fs. 111)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- a menos que hubiere disposición expresa de la Ley o que, en casos excepcionales, así lo resolviere el Juez cuando fuere indispensable por la naturaleza de la cuestión planteada
- si hubiere cuestiones de hecho que probar, el Juez abrirá de inmediato el plazo probatorio de seis días”
- III.3.
- III.3.1 .
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.3.4 .
- III.3.5.
- III.4.
- III.4.1.
- III.4.2.
- III.4.3.
- III.5.
- SC 189/2001 de 7 de marzo
- III.6.
- III.7.