Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1278/2004-R
Fecha: 10-Ago-2004
2º
2º Declarar PROCEDENTE el recurso interpuesto por Armando Córdova Saavedra en representación de Hugo Marañón Vega y Martha Gumucio de Marañón, dejando sin efecto el Auto de Vista de 12 de abril de 2004, debiendo la Autoridad recurrida pronunciar uno nuevo de acuerdo al contenido de la presente Resolución.
2º Declarar PROCEDENTE el recurso interpuesto por Armando Córdova Saavedra en representación de Hugo Marañón Vega y Martha Gumucio de Marañón, dejando sin efecto el Auto de Vista de 12 de abril de 2004, debiendo la Autoridad recurrida pronunciar uno nuevo de acuerdo al contenido de la presente Resolución.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la Autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- a)
- III.2.
- si éste hubiere concedido indebidamente la apelación en el efecto suspensivo siendo ella procedente sólo en el devolutivo.
- III.3.
- III.4.
- que concluyó con el Auto de 22 de diciembre de 2003
- III.5.
- III.6.
- 2º