SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1278/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1278/2004-R

Fecha: 10-Ago-2004

II.5.

II.5.  Contra el Auto anterior y adjuntando una grabación, el ejecutante planteó recurso de apelación indicando que por el informe prestado por el abogado que suscribió el documento base de la acción, en la cláusula tercera parte final, se expresa que no se le dio el vehículo en calidad de depósito, sino solo su documentación, pidiendo se revoque el Auto apelado ya que no puede entregar algo que jamás se le confió en depósito (fs. 22). Dicho recurso fue concedido por Auto de 5 de mayo de 2003, en el efecto suspensivo (fs. 23 vta.), radicándose la causa en el Juzgado de la Autoridad judicial recurrida, el 16 de mayo de 2003 (fs. 24 vta.).

II.5.  Contra el Auto anterior y adjuntando una grabación, el ejecutante planteó recurso de apelación indicando que por el informe prestado por el abogado que suscribió el documento base de la acción, en la cláusula tercera parte final, se expresa que no se le dio el vehículo en calidad de depósito, sino solo su documentación, pidiendo se revoque el Auto apelado ya que no puede entregar algo que jamás se le confió en depósito (fs. 22). Dicho recurso fue concedido por Auto de 5 de mayo de 2003, en el efecto suspensivo (fs. 23 vta.), radicándose la causa en el Juzgado de la Autoridad judicial recurrida, el 16 de mayo de 2003 (fs. 24 vta.).