Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1705/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Habiéndose sorteado el expediente el 26 de septiembre de 2005 y al requerir de mayor análisis y amplio estudio, por Acuerdo Jurisdiccional 147/2005, de 22 de noviembre, se procedió a ampliar el plazo procesal, en la mitad del término, siendo su nuevo vencimiento el 20 de diciembre de 2005, por lo que la presente Resolución es dictada dentro del término previsto por ley.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- sin que este último hubiere impugnado el informe pericial.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III.1. Sobre el principio de subsidiariedad del amparo constitucional
- Auto de 1 de agosto de 2003
- recurso idóneo y oportuno
- estableció que el recurso de casación en ejecución de sentencia, no procede al no estar previsto en la ley como un medio impugnativo en tal estadio procesal
- en los casos expresamente señalados por la ley'.
- sin recurso ulterior'