Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1705/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.1.
II.1. El 22 de abril de 1999, Carlos Cuellar Flores presentó demanda contra el Banco Nacional de Bolivia S.A., solicitando la nulidad del remate realizado el día 15 de mayo de 1997, la devolución del monto del remate y el pago de daños y perjuicios, con costas (fs. 2-4 vta.); demanda admitida mediante Auto 27 de abril de 1999, pronunciada por el Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial, disponiendo se corra en traslado de la parte demandante.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- sin que este último hubiere impugnado el informe pericial.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III.1. Sobre el principio de subsidiariedad del amparo constitucional
- Auto de 1 de agosto de 2003
- recurso idóneo y oportuno
- estableció que el recurso de casación en ejecución de sentencia, no procede al no estar previsto en la ley como un medio impugnativo en tal estadio procesal
- en los casos expresamente señalados por la ley'.
- sin recurso ulterior'