Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0591/2005-R
Fecha: 02-Jun-2005
II.1.
II.1. El 21 de mayo de 2002, el Ministerio Público emitió imputación formal contra el recurrente y otro por la comisión de los delitos de sociedades o asociaciones ficticias y organización criminal, tipificados por los arts. 229 y 132 del CP, actuado que fue notificada al recurrente el 27 del mismo mes y año (fs. 99 y vta.). En la referida imputación, el plazo de la etapa preparatoria fue ampliada por seis meses, conforme las normas previstas por el art. 134 del CPP, ante requerimiento presentado el 28 de mayo de 2002, al que se dio curso por Auto de la misma fecha emitido por el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, Willams Dávila Salcedo (fs. 96-97, 98).