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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0591/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0591/2005-R

    Fecha: 02-Jun-2005

    II.3.2.

    II.3.2.   El 9 del citado mes y año, el recurrente también interpuso apelación contra la misma Resolución solicitando que la Jueza de la causa remita la causa ante el Tribunal de apelación para que éste dicte Auto de Vista revocando el fallo dictado; y declare probadas las excepciones e incidentes opuestos de su parte (fs. 26-30).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • a)
    • i)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.3.1.
    • II.3.2.
    • II.4.
    • II.4.1.
    • II.4.2.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • III.4.1.
    • III.4.2.
    • III.5.
    • III.5.1.
    • III.5.2.
    • III.5.3.
    • III.6.
    • 1º
    • 2º
    • APRUEBA

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