Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0591/2005-R
Fecha: 02-Jun-2005
II.4.1.
II.4.1. Al no aceptar la convocatoria el referido Vocal, por decreto de 21 de mayo de 2004, se convocó al Vocal corecurrido de la Sala Penal Primera, Gerardo Torrez Antezana, pero esta autoridad luego de ser notificada dio lugar a que el Oficial de Diligencias representara que indicó que antes de ser convocado debería procederse conforme a procedimiento con respecto a la anterior convocatoria, lo que motivó que mediante providencia de 27 de mayo de 2004, se ordenara la notificación al Vocal Armando Pinilla Butrón, actuado que se cumplió el 28 del mismo mes y año, habiendo este Vocal presentado su excusa para conocer la causa (fs. 46, 47, 48, 49 y vta., 50).