SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0012/2006-R
Fecha: 04-Ene-2006
2)
De lo que se extrae que, conforme las razones que expuso el Juez, en realidad no concurría ninguno de los dos requisitos para mantener la detención preventiva, por lo que debió, conforme a derecho, disponer la libertad lisa y llanamente del imputado, al no haber suficientes elementos de convicción sobre el riesgo de fuga u obstaculización; sin embargo, este aspecto no puede ser analizado al no haber sido objeto del presente recurso.
2) Al haber el Legislador establecido en la Ley de Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (art. 234.6 del CPP) que se debe tomar en cuenta para decidir acerca del peligro de fuga “El haber recibido condena privativa de libertad en primera instancia”, el juez está obligado por imperativo legal a considerar y aplicar este parámetro objetivo de medición sobre el riesgo de fuga; sin que tal análisis importe violación del derecho del imputado a la presunción de inocencia, que como quedó precisado en el Fj. III.1.8, acompaña al imputado hasta la existencia de sentencia firme.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- c)
- d)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. 1. Sobre la política criminal diseñada por la Constitución en el proceso penal
- III.1.2. Finalidad y alcance de las medidas cautelares personales y sus medidas sustitutivas
- sólo podrán ser restringidos cuando sea indispensable para asegurar la averiguación de la verdad, el desarrollo del proceso y la aplicación de la ley
- “ARTICULO 232º.- (IMPROCEDENCIA DE LA DETENCION PREVENTIVA)
- procede la detención preventiva;
- Artículo 235°. (Peligro de Obstaculización).
- III.1.4. La modalidad normativa establecida en el Código de procedimiento penal
- la gravedad del delito
- III.1.5. Aplicación de las medidas sustitutivas
- y exista peligro de fuga u obstaculización del procedimiento
- Fj III.1.4
- al tratarse de un supuesto distinto.
- 1)
- III.1.7. Sobre la exigencia de la decisión judicial sea fundamentada
- III.1.8. Presunción de inocencia y detención preventiva
- probabilidad
- 2)
- III.2.2.
- III.2.3.
- 3)
- 4)
- Primero
- Segundo:
- III.2.5.
- 1o REVOCAR
- 2o Disponer