SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0012/2006-R
Fecha: 04-Ene-2006
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución de 10 de septiembre de 2005, cursante de fs. 55 a 57, pronunciada por la Sala Civil, Social, de Familia, Niño Niña y Adolescente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Norka Mercado Guzmán, Directora Distrital del Servicio Nacional de Defensa Pública, en representación sin mandato de José Luis Egüez Egüez contra Delfín Humberto Betancourt, Roberto Arancibia Vedia, Lifer Romero Vaca, María Almendras Sanabria, Adela Carballo Orbes, jueces técnicos y ciudadanos del Tribunal Primero de Sentencia de la Corte Superior de Pando e Iván Gantier Lemoine y Antonio Fagalde Revilla, vocales de la la misma Corte, alegando la vulneración del derecho a la libertad consagrado en el art. 6.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- c)
- d)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. 1. Sobre la política criminal diseñada por la Constitución en el proceso penal
- III.1.2. Finalidad y alcance de las medidas cautelares personales y sus medidas sustitutivas
- sólo podrán ser restringidos cuando sea indispensable para asegurar la averiguación de la verdad, el desarrollo del proceso y la aplicación de la ley
- “ARTICULO 232º.- (IMPROCEDENCIA DE LA DETENCION PREVENTIVA)
- procede la detención preventiva;
- Artículo 235°. (Peligro de Obstaculización).
- III.1.4. La modalidad normativa establecida en el Código de procedimiento penal
- la gravedad del delito
- III.1.5. Aplicación de las medidas sustitutivas
- y exista peligro de fuga u obstaculización del procedimiento
- Fj III.1.4
- al tratarse de un supuesto distinto.
- 1)
- III.1.7. Sobre la exigencia de la decisión judicial sea fundamentada
- III.1.8. Presunción de inocencia y detención preventiva
- probabilidad
- 2)
- III.2.2.
- III.2.3.
- 3)
- 4)
- Primero
- Segundo:
- III.2.5.
- 1o REVOCAR
- 2o Disponer