SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0012/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0012/2006-R

Fecha: 04-Ene-2006

c)

c)  Por último, la misma SC 1747/2004-R señala el razonamiento de que el juez o tribunal, leída la parte resolutiva de una Sentencia, a pedido de parte o de oficio puede pronunciarse sobre la situación jurídica del proceso y no esperar necesariamente que se notifique con la Sentencia íntegra a las partes; igual entendimiento tiene la SC 1713/2004-R.