Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1225/2006-R
Fecha: 01-Dic-2006
II.3.
II.3. Por memorial de 1 de abril de 2006, el representado del recurrente solicitó se lo excluya del proceso en su etapa de ejecución y pidiendo además que John Chamberlain sea notificado personalmente para que “honre” la obligación demandada (fs. 15 a 16); solicitud que mereció Auto de 4 de abril de 2006, por el que la Jueza correcurrida rechazó el incidente con el argumento de que si bien el mandante del recurrente había dejado de ser el representante legal de la empresa demandada, sin embargo, no se había cumplido con el requisito inexcusable del apersonamiento del nuevo representante para ser procedente la exclusión solicitada, conforme la SC 1649/2005-R (fs. 16 vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- procedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El apremio laboral debe ser emitido contra el representante legal que asumió defensa por la empresa demandada
- Fragmento 15
- debe ser emitido contra el representante o representantes legales que asumieron defensa por esa persona, salvo que en ejecución de sentencia se presente otro personero legal, cuya personería sea aceptada o admitida por el Juez de la causa,
- III.2. Constituye un requisito procesal inexcusable el apersonamiento del nuevo apoderado y la aceptación de la personería por el juez de la causa
- III.3. El caso en análisis
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.4. Respecto de la supuesta vulneración del derecho a la defensa y la garantía del debido proceso