SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1225/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1225/2006-R

Fecha: 01-Dic-2006

procedente

Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso declaró procedente el hábeas corpus, ordenando el cese inmediato de la persecución y apremio dispuestos en contra del representado del recurrente por la Jueza correcurrida, disponiendo que ésta deje sin efecto el mandamiento emitido, con los siguientes fundamentos: 1) el representado del recurrente no es el obligado dentro del proceso laboral seguido contra “BOL-ART S.A.”, pues la obligación recae sobre la referida empresa, de la cual el citado ya no es el representante legal pues dejó de serlo antes de la conclusión del proceso laboral; 2) el mandante del recurrente cumplió con la condición impuesta por el Tribunal Constitucional a través de la SC “1649/2005”, por lo que su exclusión del proceso dispuesta mediante Auto de 16 de agosto de 2006 es plenamente válida, sin que ello implique afectar la ejecución de la Sentencia laboral; y 3) el Auto de Vista 416/2006, de 21 de septiembre, dictado por los Vocales recurridos ha desconocido los alcances de la SC “1649/2005”, vulnerando el derecho del representado del recurrente a ser apartado del proceso en el que no tiene calidad de parte ni de mandatario, en ese sentido dicho Auto de Vista al revocar el Auto de primera instancia e impedir la exclusión solicitada, ha motivado que la Jueza de la causa emita mandamiento de apremio, resultando ello un atentado al derecho a la libertad de locomoción del mandante del recurrente, pues se lo está persiguiendo para restringir su libertad indebidamente.