SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2006
Fecha: 31-May-2006
a)
a) Planteó recurso de amparo constitucional motivado en el proceso laboral instaurado contra el Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra que radicó en grado de apelación en la Sala Social y Administrativa, que, amparada en el art. 212 del CPT declaró desierto el recurso de casación interpuesto por su parte y ejecutoriado el Auto de Vista objeto de dicho recurso.
Bajo esta premisa legal, se entiende que para la procedencia del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad deben darse las siguientes condiciones: a) la existencia de una duda razonable y fundada sobre la constitucionalidad de una ley, decreto o resolución no judicial; b) la existencia de una sentencia o resolución final pendiente a la que sea aplicable la norma cuya la constitucionalidad o inconstitucionalidad es demandada; y c) que la sentencia no se encuentre ejecutoriada (SC 0054/2003, de 11 de junio).
En la especie, se cumplen los dos requisitos anteriormente enunciados, puesto que existe un recurso de amparo constitucional dentro del cual se ha solicitado se promueva el presente recurso contra una norma que tendrá que ser aplicada en la resolución del mismo, por cuanto en el amparo constitucional se ha acusado la presunta ilegal declaración de ejecutoria del Auto de Vista por no haberse provisto los recaudos para remitir el recurso de casación, todo ello en aplicación del art. 212 del CPT, de manera que para la resolución de dicha acción tutelar, deberá aplicarse la disposición citada, ahora demandada por su supuesta inconstitucionalidad, por lo que corresponde ingresar al examen jurídico constitucional pertinente.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucional
- I.1.1. Relación sintética del recurso
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- I.1.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Tribunal
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- admitió
- II.1.
- III.1. Requisitos para el análisis de fondo del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- III.4. Examen de constitucionalidad de la norma impugnada
- a) En cuanto al derecho de petición
- b) Respecto del principio de presunción de inocencia
- presunción de inocencia,
- SC 1292/2004-R, de 12 de agosto,
- SC
- e) El principio de gratuidad de la justicia
- f) En lo relativo al principio de supremacía constitucional
- y especificando la justificación por las que ellas resultaren inconstitucionales
- III.5. Sobre el monto exigido como porte de remisión del expediente en casación