Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2006
Fecha: 31-May-2006
I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Recibido el expediente el 13 de febrero de 2006 (fs. 25 vta.), a través del AC 079/2006-CA, de 17 de febrero (fs. 26 a 27), la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional dispuso que el Tribunal remitente del recurso, envíe al Tribunal Constitucional fotocopias legalizadas del recurso de amparo constitucional dentro del que se solicitó se promueva el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, así como el Auto de Admisión del mismo.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucional
- I.1.1. Relación sintética del recurso
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- I.1.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Tribunal
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- admitió
- II.1.
- III.1. Requisitos para el análisis de fondo del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- III.4. Examen de constitucionalidad de la norma impugnada
- a) En cuanto al derecho de petición
- b) Respecto del principio de presunción de inocencia
- presunción de inocencia,
- SC 1292/2004-R, de 12 de agosto,
- SC
- e) El principio de gratuidad de la justicia
- f) En lo relativo al principio de supremacía constitucional
- y especificando la justificación por las que ellas resultaren inconstitucionales
- III.5. Sobre el monto exigido como porte de remisión del expediente en casación