SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2006

Fecha: 31-May-2006

b) Respecto del principio de presunción de inocencia

     El art. 212 del CPT no es contrario al principio de presunción de inocencia, toda vez que, como se ha dicho, determina una carga para que el recurrente de casación provea el porte de remisión del expediente en el que ha formulado  el recurso referido, que  constituye una demanda de puro derecho contra la forma de  tramitación del proceso, o contra el fondo del Auto de Vista, constituyendo el último eslabón en el proceso laboral,  razón por la que, al declarar desierto el recurso de casación y ejecutoriado el Auto de Vista, en aplicación de la disposición legal impugnada, no se atenta contra  la presunción de inocencia, pues, no se está acusando de nada al  recurrente para que, en ese estado de la causa invoque dicho principio, dado que en casación de un proceso laboral, no  existe ningún tipo de acusación  que pueda realizarse  a ninguna de las partes.