SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2006
Fecha: 31-May-2006
b) Respecto del principio de presunción de inocencia
El art. 212 del CPT no es contrario al principio de presunción de inocencia, toda vez que, como se ha dicho, determina una carga para que el recurrente de casación provea el porte de remisión del expediente en el que ha formulado el recurso referido, que constituye una demanda de puro derecho contra la forma de tramitación del proceso, o contra el fondo del Auto de Vista, constituyendo el último eslabón en el proceso laboral, razón por la que, al declarar desierto el recurso de casación y ejecutoriado el Auto de Vista, en aplicación de la disposición legal impugnada, no se atenta contra la presunción de inocencia, pues, no se está acusando de nada al recurrente para que, en ese estado de la causa invoque dicho principio, dado que en casación de un proceso laboral, no existe ningún tipo de acusación que pueda realizarse a ninguna de las partes.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucional
- I.1.1. Relación sintética del recurso
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- I.1.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Tribunal
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- admitió
- II.1.
- III.1. Requisitos para el análisis de fondo del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- III.4. Examen de constitucionalidad de la norma impugnada
- a) En cuanto al derecho de petición
- b) Respecto del principio de presunción de inocencia
- presunción de inocencia,
- SC 1292/2004-R, de 12 de agosto,
- SC
- e) El principio de gratuidad de la justicia
- f) En lo relativo al principio de supremacía constitucional
- y especificando la justificación por las que ellas resultaren inconstitucionales
- III.5. Sobre el monto exigido como porte de remisión del expediente en casación