Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0757/2006-R
Fecha: 01-Ago-2006
2 de junio de 2003
De lo anterior se establece que los recurrentes tuvieron conocimiento de la falta de notificación con los actuados de la tercería de dominio excluyente desde el 2 de junio de 2003, habiendo transcurrido casi un año desde esa fecha hasta el 31 de mayo de 2004, momento en el que presentaron un incidente de nulidad en defensa de sus derechos supuestamente vulnerados, que fue rechazado por el Juez Octavo de Partido en lo Civil-Comercial, Roberto Pierini de Paulis, a través del Auto de 24 de agosto de 2004, y confirmado el rechazo en apelación, mediante Auto de Vista de 2 de julio de 2005, pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1.
- I.2.4. Trámite procesal del Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- a)
- III.1. Respecto a la actuación del Vocal co recurrido Adolfo Gandarilla Suárez
- 2 de junio de 2003 fueron notificados
- 2 de junio de 2003
- o cuando habiendo sido presentado dentro del referido plazo no se acudió previamente a las instancias competentes para denunciar la lesión al derecho fundamental, en forma oportuna
- III.2. Sobre la actuación del Juez co recurrido Roberto Pierini de Paulis y los Vocales co recurridos Hernán Cortés Castillo y Osvaldo Céspedes Céspedes.
- denegado
- APROBAR