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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0757/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0757/2006-R

    Fecha: 01-Ago-2006

    II.2.

    II.2.   Por memorial presentado el 31 de diciembre de 1999, Élida Roca Arteaga de Mano opuso tercería de dominio excluyente sobre el terreno que “se pretende dar entrega a Mario Velásquez García”, arguyendo ser esposa del demandado Trinidad Mano Yumani y, en consecuencia, legítima propietaria del 50% del terreno, como bien ganancial (fs. 8 a 9). Con la tercería fueron notificados Mario Velásquez García y la tercerista, más no así los demandados, ahora recurrentes (fs. 11).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • 1.
    • I.2.4. Trámite procesal del Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • II.14.
    • II.15.
    • II.16.
    • a)
    • III.1. Respecto a la actuación del Vocal co recurrido Adolfo Gandarilla Suárez
    • 2 de junio de 2003 fueron notificados
    • 2 de junio de 2003
    • o cuando habiendo sido presentado dentro del referido plazo no se acudió previamente a las instancias competentes para denunciar la lesión al derecho fundamental, en forma oportuna
    • III.2.   Sobre la actuación del Juez co recurrido Roberto Pierini de Paulis y los Vocales co recurridos Hernán Cortés Castillo y Osvaldo Céspedes Céspedes.
    • denegado
    • APROBAR

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