SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0838/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0838/2006-R

Fecha: 29-Ago-2006

el art. 7 inc. k) de la CPE consagra el derecho fundamental de toda persona -sin distinción alguna- a la seguridad social, “…en la forma determinada por esta Constitución y las leyes”, lo que significa que solamente podrá ser una ley la que defina los requisitos, formas y límites para el ejercicio de este derecho

Al margen de ello, se encuentra también una vulneración al principio de reserva legal, por cuanto el art. 7 inc. k) de la CPE consagra el derecho fundamental de toda persona -sin distinción alguna- a la seguridad social, “…en la forma determinada por esta Constitución y las leyes”, lo que significa que solamente podrá ser una ley la que defina los requisitos, formas y límites para el ejercicio de este derecho.