SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0895/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0895/2006-R

Fecha: 11-Sep-2006

II.1.

II.1.  Dentro del trámite de nacionalización con el número de FRV 301A0307594 del vehículo del representado del actor, marca Opel, modelo 1938, con placa de circulación CAV 453, de procedencia alemana; por memorial presentado el 17 de enero de 2005 (fs. 14 a 15 y 182 a 183) José Luis Tufiño Montaño -ahora recurrente- y poderconferente de Filemón Beltrán Gallo, solicitó ante el Administrador Regional de la Aduana Nacional resolución motivada que explique las causas por las cuales existe atraso en la culminación de su trámite de nacionalización, a efectos de que su poderconferente pueda hacer valer sus derechos en la instancia jurisdiccional correspondiente, aduciendo lo siguiente: a) no obstante poseer placa de circulación antigua, aprovechando la amnistía ingresó su vehículo a la Aduana Nacional el 26 de febrero de 2004 para poder tramitar su correspondiente Póliza Titularizada del Automotor (PTA), para poder recabar su nueva placa de circulación en dependencias de la municipalidad; b) cumplidos los circuitos de inspección tanto por funcionarios de ALBO S.A así como por DIPROVE, este fue dejado a la intemperie, encontrándose en estado lamentable de deterioro; c) luego de cierto tiempo DIPROVE informó que el motor del vehículo había sido reportado como robado, por lo que hechos los trámites pertinentes ante la Fiscalía se ordenó mediante Resolución de 26 de octubre de 2004 que se prosiga con el trámite de nacionalización previo el desmonte del motor; sin embargo, cumplido aquello, sigue tropezando con problemas que han determinado entrar en la política del “vuélvase mañana”; d) ocurrió similar situación con lo dispuesto por la AN-GNNGC-DNPNC-F0188/04 emitida por la Gerencia de la Aduana Nacional que disponía que los vehículos con antigüedad anterior al año 1977 sean registrados con número de chasis, el correspondiente al FRV, consignado en el trámite; habiendo señalado domicilio en la secretaría el despacho.