SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0895/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0895/2006-R

Fecha: 11-Sep-2006

II.8.

II.8.   Mediante informe AN-ULECR 038/2005, de 13 de septiembre, el Abogado José Miguel Padilla Parada, informó a la Jefa de la Unidad Legal, Ginelda R. Reynaga B., respecto al trámite de nacionalización 301A0307594 del vehículo del representado del recurrente, concluyendo y recomendando lo siguiente: “(...) de la revisión de los antecedentes del trámite en cuestión y la normativa vigente para el Programa Transitorio, Voluntario y Excepcional, se puede evidenciar que en ningún momento la Gerencia Regional Cochabamba dejó de atender y responder a las distintas solicitudes efectuadas por el Sr. José Luis Tufiño Montaño en representación de Filemón Beltrán Gallo, recalcando que la carpeta de nacionalización No. 301A0307595 se encuentra actualmente en poder del Dr. Raúl Lazcano Murillo, Fiscal Adjunto, no pudiendo esta Gerencia dictar resolución definitiva debido a que la situación de los vehículos cuya fabricación es anterior a 1977 es incierta y expectante mientras se gestiona la promulgación del Decreto Supremo que autorizaría la grabación de chasis para estos casos” (fs 109 a 113).