SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0085/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0085/2007-R

Fecha: 26-Feb-2007

4)

4) Ante las oposiciones descritas, dictó el Auto de 31 de enero de 2006 que rechazó las oposiciones, con el argumento que la declaratoria de herederos sobre el inmueble que reclaman debió inscribirse en el registro público y aún en ese caso, resultaría posterior a la garantía ofrecida por su madre, quien al otorgar la hipoteca asumió toda la responsabilidad que la ley prevé, en consecuencia, no concurren los presupuestos necesarios previstos en el art. 45.II de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (LAPACAF).