SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0085/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0085/2007-R

Fecha: 26-Feb-2007

II.6.

II.6. Mediante Auto de 31 de julio de 2003, el Juez Quinto de Partido en lo Civil, Omar Carmona, rechazó el incidente con el argumento que en la nulidad alegada no se mencionó expresamente el perjuicio cierto, concreto, real e irreparable ocasionado a la incidentista Benedicta Gangas de Orellana que la hubiera puesto en estado de indefensión, toda vez que la ejecutoria de una resolución judicial se produce cuando la ley no reconoce en el pleito otra instancia ni recurso o cuando las partes consienten expresa o tácitamente su ejecutoria, siendo irrelevante su pronunciamiento (fs. 64 a 65).