SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0102/2007-R
Fecha: 05-Mar-2007
1) La restitución de los bienes del ofendido, que le serán entregados aunque sea por un tercer poseedor;
Ahora bien, para el análisis integral de la problemática planteada resulta necesario referirse a la norma prevista por el art. 91.1) del Código Penal (CP), cuando establece que la responsabilidad civil como emergencia de la sentencia condenatoria por la comisión de un delito, comprende: “1) La restitución de los bienes del ofendido, que le serán entregados aunque sea por un tercer poseedor; 2) la reparación del daño causado y 3) La indemnización de todo perjuicio causado a la víctima, a su familia o a un tercero, fijándose el monto prudencialmente por el juez, en defecto de prueba plena. En toda indemnización se comprenderán siempre los gastos ocasionados a la víctima, para su curación, restablecimiento y reeducación”. (las negrillas son nuestras).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- i)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III.1. La necesaria notificación con la orden de desapoderamiento a terceros ocupantes o poseedores del bien
- Fragmento 21
- 1) La restitución de los bienes del ofendido, que le serán entregados aunque sea por un tercer poseedor;
- ello no impide a que terceros ajenos al proceso penal, en su calidad de ocupantes o poseedores del bien inmueble a ser desapoderado, no sean debidamente notificados con la determinación que dispone el desapoderamiento
- Fragmento 24
- III.3. El amparo constitucional no define derechos ni tutela derechos controvertidos
- De donde resulta que el recurso extraordinario de amparo constitucional no es una instancia procesal o una vía judicial ordinaria de carácter contencioso, para establecer derechos o responsabilidades o definir derechos u obligaciones de las partes involucradas en una controversia
- Fragmento 27
- III.5. Sobre la tramitación de esta acción cautelar