SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0102/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0102/2007-R

Fecha: 05-Mar-2007

II.11.

II.11. Por memorial presentado el 22 de marzo de 2006, la recurrente solicitó complementación y enmienda del Auto de 17 de marzo de 2006, respecto al pedido de reposición del Auto de 21 de febrero de 2006, solicitando una vez más la suspensión del desapoderamiento; solicitud que por decreto de la misma fecha fue declarada no ha lugar, dejándose plenamente establecido que la Resolución 323/2005, de 11 de noviembre, de responsabilidad civil, al no haber merecido impugnación alguna por las partes, tiene la calidad de cosa juzgada, cuya ejecución no puede suspenderse por procedimiento alguno, en aplicación  del art. 517 del CPC, aplicable por imperio del art. 355 del Código de Procedimiento Penal (CPP) (fs. 109-110). Por memorial de 28 de marzo de 2006 la recurrente interpone el presente recurso (fs. 115 a 117)