SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0102/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0102/2007-R

Fecha: 05-Mar-2007

i)

A los cuestionamientos del Tribunal de Amparo el Juez recurrido aclaró que: i) sobre el inmueble existen dos partidas diferentes -de la recurrente del año 1997 y de Francisco Chambi Yana, como parte civil, de 1995- y que se basó en los antecedentes del proceso; ii) de acuerdo a los antecedentes las notificaciones con el desapoderamiento se efectuaron a las partes en litigio, porque el órgano jurisdiccional desconocía la existencia de nuevos propietarios, inquilinos o anticresistas, por lo cual se hicieron tomas fotográficas de entonces, que eran terrenos vacíos; iii) el condenado Eusebio Ruiz en inicio tenía 500 m y los dividió en dos lotes, de ahí nacen dos propiedades; iv) la Resolución que rechazó la tercería de dominio excluyente presentada por la recurrente se encuentra en apelación pendiente de Resolución; v) la recurrente inscribió su derecho propietario recién el 17 de junio de 2004.