Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0102/2007-R
Fecha: 05-Mar-2007
Fragmento 4
El recurso se interpone contra, Daniel Espinar Molina, Juez Quinto de Instrucción en lo Penal de El Alto del Distrito Judicial de La Paz y Francisco Chambi Yana, solicitando se conceda el amparo y se disponga la inmediata suspensión de la orden de desapoderamiento, se regularice las diligencias previas al desapoderamiento para la plena y concreta identificación del bien inmueble que se pretende desapoderar, así como ordenar que se emita nuevo mandamiento de desapoderamiento dirigido a determinadas personas totalmente individualizadas, dejando sin efecto todos los mandamientos de desapoderamientos abstractos.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- i)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III.1. La necesaria notificación con la orden de desapoderamiento a terceros ocupantes o poseedores del bien
- Fragmento 21
- 1) La restitución de los bienes del ofendido, que le serán entregados aunque sea por un tercer poseedor;
- ello no impide a que terceros ajenos al proceso penal, en su calidad de ocupantes o poseedores del bien inmueble a ser desapoderado, no sean debidamente notificados con la determinación que dispone el desapoderamiento
- Fragmento 24
- III.3. El amparo constitucional no define derechos ni tutela derechos controvertidos
- De donde resulta que el recurso extraordinario de amparo constitucional no es una instancia procesal o una vía judicial ordinaria de carácter contencioso, para establecer derechos o responsabilidades o definir derechos u obligaciones de las partes involucradas en una controversia
- Fragmento 27
- III.5. Sobre la tramitación de esta acción cautelar