SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0118/2007-R
Fecha: 12-Mar-2007
derechos al trabajo y a reunirse y asociarse para fines lícitos
Atentando también contra los derechos al trabajo y a reunirse y asociarse para fines lícitos de la recurrente, de los que fue privada arbitraria e irremediablemente, en razón de que la suspensión de su puesto de venta por noventa días, sin previa comprobación de su presunta indisciplina en debido proceso, afecta a su fuente generadora de ingreso económico diario, del que también dependen el ejercicio de otros derechos tales como la alimentación diaria y por ende, la salud -que se vio dañada al haberla internado al hospital por un “ataque de nervios” (sic)- y la vida misma; decisión que agrava su situación y posibilidades de acceder al trabajo, lesionando también la facultad para desarrollar sus actividades como afiliada de la Asociación de Comerciantes Minoristas referida, de poner en común sus bienes, sus valores, su trabajo, su actividad, sus fuerzas individuales o cualesquier otros derechos para el fin económico lícito para el que se congregó voluntariamente y en forma durable. (SC 0112/2004, de 11 de octubre). Máxime cuando los señalados correcurridos se encuentran en clara situación de poder respecto del recurrente por razones de hecho. Todo lo cual, corrobora la concesión del recurso de amparo invocado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Recurridos y petitorio
- I.2.2. Informe de los recurridos
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- 1)
- III.1. Cumplimiento del requisito de Inmediatez
- previa comprobación del delito y informar del Tribunal de Honor, conformado para este caso y aprobación de la mayoría
- comprobarse previamente
- III.3. Caso analizado
- derecho a formular peticiones
- es necesario que el peticionante obtenga una respuesta formal y escrita, que debe ser necesariamente comunicada o notificada, a efecto de que la parte interesada, si considera conveniente, realice los reclamos y utilice los recursos previstos por Ley
- derecho a la defensa
- derechos al trabajo y a reunirse y asociarse para fines lícitos
- III.4. Actuación del Directorio de la Confederación Sindical de Trabajadores Gremiales, Artesanos, Comerciantes Minoristas y Vivanderos de Bolivia correcurrido
- 1º APROBAR en parte,