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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0327/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0327/2007-R

    Fecha: 26-Abr-2007

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    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • 1)
    • a)
    • i)
    • concedió
    • I.2.5 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
    • II.1.1.
    • II.1.2.
    • II.1.3.
    • II.1.4.
    • II.1.5.
    • II.1.6.
    • II.1.7.
    • II.2.1.
    • II.2.2.
    • II.2.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Precisión de los derechos invocados como lesionados
    • seguridad jurídica
    • derecho a la propiedad privada
    • garantía del debido proceso
    • III.2. La SC 1274/2004-R
    • SC 1274/2004-R
    • en la tramitación de este recurso, no se notificó a los representantes legales de la UTEPSA,  por cuanto la recurrente no señaló que en otro proceso ejecutivo,
    • Auto de Vista de 31 de mayo de 2004,
    • lo que fue confirmado en apelación, constituyendo éste un primer punto para el análisis  posterior.
    • se efectuó el segundo remate
    • se  rechaza la pretensión de María
    • Auto de Vista  493 de 31 de octubre de 2005 ­
    • Auto de Vista 492 de 31 de octubre de 2005
    • cuando ese extremo que ya fue objeto de impugnación
    • en la tramitación del recurso de amparo constitucional antes interpuesto por María
    • sobre la base de los datos presentados por las partes y el tercero interesado,
    • los Vocales recurridos, al pronunciar los Autos de Vista 492 y 493 de 31 de octubre de 2005, han lesionado los derechos a la seguridad jurídica, a la propiedad privada y la garantía del debido proceso,
    • APRUEBA

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